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La Suprema Corte estableció criterios obligatorios para los juzgados familiares y reconoció que el uso abusivo del sistema judicial también constituye violencia vicaria
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo considerado histórico para la protección de los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes en México, al determinar que las leyes que sancionan la violencia vicaria son plenamente constitucionales.
Al resolver el Amparo Directo en Revisión 2798/2025, bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el Pleno de la Corte concluyó que este tipo de violencia responde a una problemática estructural de género y que las medidas legales para combatirla no constituyen un acto de discriminación hacia los hombres.
¿Qué originó el caso?
El asunto llegó a la Suprema Corte después de que una madre denunciara violencia familiar.
Como respuesta, el padre retuvo al hijo de ambos, impidió la convivencia con la madre e inició diversos procedimientos civiles y penales que, según la resolución, tenían como finalidad prolongar el conflicto, ejercer control sobre la mujer y mantener la separación con el menor.
Aunque previamente una Sala Familiar ya había reconocido la existencia de violencia vicaria, el caso escaló hasta la SCJN, que confirmó esa determinación y fijó criterios que deberán ser observados por los tribunales familiares del país.
Los criterios que establece la SCJN sobre violencia vicaria
La resolución define varios principios que marcarán la actuación de jueces y autoridades en este tipo de casos.
El uso del sistema judicial también puede ser violencia vicaria
La Corte determinó que promover de manera abusiva denuncias, juicios, recursos o medidas cautelares con el objetivo de separar a una madre de sus hijos o castigarla constituye una forma de violencia vicaria.
Esto significa que el sistema de justicia no puede utilizarse como un mecanismo de control o agresión contra una mujer.
Niñas, niños y adolescentes son víctimas directas
El fallo reconoce que las infancias involucradas en estos conflictos no son simples instrumentos dentro de una disputa entre adultos.
La SCJN señaló que pueden sufrir afectaciones psicológicas, físicas, económicas e incluso sexuales, por lo que deben ser considerados víctimas directas con derechos propios durante el proceso judicial.
Las pruebas deberán analizarse de manera integral
La Corte también estableció que las carpetas de investigación penal pueden ser tomadas en cuenta dentro de los juicios familiares.
Sin embargo, los jueces deberán valorar todas las pruebas de forma conjunta y no permitir que un procedimiento penal determine automáticamente decisiones relacionadas con la guarda y custodia.
Nuevas reglas para decidir la guarda y custodia
Con este precedente, la SCJN señaló que las decisiones sobre:
- Guarda y custodia.
- Régimen de convivencias.
- Pensión alimenticia.
No podrán utilizarse como mecanismos de premio o castigo hacia alguno de los progenitores.
En adelante, las autoridades deberán privilegiar siempre el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Los aspectos que deberán valorar los jueces
La Suprema Corte indicó que, antes de resolver este tipo de asuntos, los tribunales familiares deberán considerar prioritariamente:
- La opinión y el derecho de participación de la niña, niño o adolescente.
- Una evaluación actualizada del riesgo y del contexto de violencia.
- La continuidad de la vida cotidiana y de los vínculos afectivos del menor.
- La capacidad parental de cada persona, libre de estereotipos de género.
La Corte ordenó una nueva resolución en el caso
Como parte de la sentencia, la SCJN instruyó emitir una nueva resolución que:
- Identifique expresamente la violencia sufrida por los menores.
- Designe un representante especial e independiente que defienda sus derechos.
- Garantice, de manera provisional, la convivencia de los hijos con la madre mientras se resuelve definitivamente el caso.
Con esta decisión, la Suprema Corte fija un precedente que será de observancia para los juzgados familiares del país y fortalece el marco jurídico para prevenir que niñas, niños y adolescentes sean utilizados como instrumentos de violencia contra sus madres.
