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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera puede bloquear cuentas bancarias sin autorización judicial previa.
Naturaleza de la medida
El fallo establece que el congelamiento de recursos es una medida administrativa y no una sanción penal, lo que permite actuar de forma inmediata ante posibles casos de lavado de dinero o financiamiento ilícito.
Alcance de la facultad
Con esta resolución, la UIF podrá incluir a personas físicas o morales en una lista de bloqueo y suspender sus operaciones financieras en el país.
Derecho de defensa
La Corte señaló que las personas afectadas podrán impugnar la medida posteriormente mediante revisión ante la UIF o recursos legales.
Cambio en el criterio
Antes, esta facultad se aplicaba principalmente en solicitudes internacionales; ahora se extiende también a casos nacionales, lo que ha generado debate por sus implicaciones.
